1. INTRODUCCIÓN:

    1. DECLARACIÓN DE COMPROMISO MUTUO 🤝 : "BE" o simplemente la "Empresa" reconoce que para desarrollar una relación a largo plazo y mutuamente gratificante con sus propietarios de negocios independientes - distribuidores ("Publishers") y clientes minoristas ("Clientes"), BE y sus Publishers deben reconocer y respetar la verdadera naturaleza de la relación.
      1. En un espíritu de respeto y comprensión mutuos, BE se compromete a:
        1. Ofrecer un servicio y una comunicación rápidos, profesionales y amables a todos sus publishers y clientes;
        2. Proporcionar productos del más alto nivel de calidad, a precios justos y razonables;
        3. Garantizar una entrega rápida y precisa de los pedidos;
        4. Pagar las comisiones con exactitud y puntualidad;
        5. Agilizar los pedidos o cheques si se produce un error o un retraso injustificado;
        6. Lanzar nuevos productos y programas con la aportación y planificación de los publishers;
        7. Apoyar, proteger y defender la integridad de la oportunidad de venta de BE; y
        8. Ofrecer a los publishers la oportunidad de crecer con BE
      2. A cambio, BE espera que su publisher:
        1. Se comporte de manera profesional, honesta y considerada;
        2. Presente la información corporativa y de producto de BE de forma precisa y profesional;
        3. Presente el Plan de Compensación y la Política de Reembolso y Cancelación de forma completa y precisa;
        4. No haga afirmaciones exageradas sobre los ingresos o el estilo de vida, y haga todas las afirmaciones con la correspondiente Divulgación de Ganancias;
        5. Realice esfuerzo(s) razonable(s) para apoyar y formar a los Publishers y Clientes de su organización en el uso del Producto y los Servicios y amplíe el negocio de BE a Clientes minoristas;
        6. No participe en inscripciones cruzadas, competencia desleal o prácticas comerciales poco éticas;
        7. Proporcione orientación y formación positivas a los publishers y clientes de su organización, al tiempo que actúa con cautela para evitar interferencias con otras organizaciones. En este sentido, se desaconseja a los publishers impartir formación entre líneas a un publisher o cliente de una organización diferente sin obtener previamente el consentimiento por escrito del líder de línea ascendente del publisher o cliente;
        8. Apoye, proteja y defienda la integridad de la oportunidad de venta BE;
        9. Cumplimente con exactitud y envé puntualmente el Contrato del Publisher y toda la documentación de apoyo solicitada; y
        10. No acose, amenace, difame o menosprecie a ningún publisher, cliente, a BE o a sus representantes.
  2. POLÍTICAS Y PLAN DE REMUNERACIÓN DE BE INCORPORADOS EN EL ACUERDO DEL PUBLISHER**:** En estas Políticas, cuando se utiliza el término "Acuerdo", se hace referencia de forma colectiva a la Declaración de divulgación de ganancias, las Políticas y procedimientos, la Política de privacidad, el Plan de remuneración, el Acuerdo del Publisher, las Condiciones de uso y cualquier otro documento. Es responsabilidad del Publisher inscrito proporcionar la versión más actualizada de estas Políticas y Procedimientos (disponibles en el sitio web de BE) y el Plan de Compensación a cada solicitante antes de la ejecución del Acuerdo del Publisher.

  3. FINALIDAD DE LAS POLÍTICAS:

    1. BE es una compañía de red de afiliados que comercializa productos y servicios a través de una red de afiliados conocidos como Publishers. Para definir claramente la relación que existe entre el publisher y BE, y para establecer explícitamente una norma de conducta comercial aceptable, BE ha establecido estas Políticas y Procedimientos.
    2. Los publishers de BE están obligados a cumplir;
      1. todos los Términos y Condiciones establecidos en el Acuerdo del Publisher, que BE puede modificar ocasionalmente a su entera discreción;
      2. todas las leyes federales, estatales y/o locales que rigen los negocios de BE;
      3. estas Políticas y Procedimientos
      4. el Código ético aplicable; y
      5. cualquier otra normativa o requisito aplicable exigido por BE.
    3. Los publishers de BE deben revisar detenidamente la información contenida en estas Políticas y procedimientos. En caso de que un publisher tenga alguna duda sobre una política o norma, se le recomienda que pida una respuesta a su publisher de afiliación o a cualquier otra línea ascendente. Si necesita más aclaraciones, puede ponerse en contacto con el Servicio de atención al cliente de BE.
  4. CAMBIOS, ENMIENDAS Y MODIFICACIONES:

    1. Debido a que las leyes federales, estatales y locales, así como el entorno empresarial, cambian periódicamente, BE se reserva el derecho a modificar el Acuerdo y los precios de su Lista de Precios de Productos BE a su sola y absoluta discreción. La notificación de las enmiendas aparecerá en los Materiales Oficiales de BE o en el sitio web.
    2. Cualquier enmienda, cambio o modificación será efectiva inmediatamente después de ser notificada por uno de los siguientes métodos:
      1. publicación en el sitio web de BE; o
      2. notificación por correo electrónico; o
      3. notificación a través de los boletines de BE u otros canales de comunicación de BE.

    <aside> 📢 SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, CUALQUIER MODIFICACIÓN POR PARTE DE LA EMPRESA DE LA SECCIÓN DE RESOLUCIÓN DE LITIGIOS SÓLO ENTRARÁ EN VIGOR SI EL PUBLISHER ACEPTA EXPRESAMENTE DICHA MODIFICACIÓN. EL PUBLISHER PUEDE INDICAR SU ACEPTACIÓN A DICHA MODIFICACIÓN SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE SE ADJUNTAN A LA MODIFICACIÓN PROPUESTA Y QUE APARECERÁN AL INICIAR SESIÓN EN EL SITIO WEB DE LA EMPRESA O EN EL SITIO WEB PERSONAL DEL PUBLISHER. LA EMPRESA PODRÁ RESCINDIR EL ACUERDO CON EL PUBLISHER SI ÉSTE NO ACEPTA UNA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA SECCIÓN DE RESOLUCIÓN DE LITIGIOS EN UN PLAZO DE 7 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA MODIFICACIÓN. CUALQUIER MODIFICACIÓN DE ESTE TIPO SE APLICARÁ A TODAS LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LA EMPRESA O EL PUBLISHER A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA MODIFICACIÓN, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA EN QUE SE PRODUZCAN O ACUMULEN LOS HECHOS SUBYACENTES A DICHA RECLAMACIÓN.

    </aside>

  5. RETRASOS: BE no será responsable de retrasos o fallos en el cumplimiento de sus obligaciones cuando tal fallo se deba a circunstancias fuera de su control razonable. Esto incluye, sin limitación, huelgas, dificultades laborales, dificultades de transporte, disturbios, guerras, incendios y/o condiciones meteorológicas, pandemias, mantenimiento programado, reducción de una fuente de suministro o decretos u órdenes gubernamentales.

  6. FECHA DE ENTRADA EN VIGOR: Las presentes Políticas y Procedimientos entrarán en vigor a partir de la Última Fecha de Actualización ("Fecha de Entrada en Vigor") y, en ese momento, sustituirán automáticamente a cualquier Política y Procedimiento anterior ("Políticas y Procedimientos Anteriores"), y, en esa fecha, las Políticas y Procedimientos Anteriores dejarán de tener vigencia o efecto alguno.

  7. PRINCIPIOS BÁSICOS:

    1. SER PUBLISHER: Para ser publisher, el candidato debe cumplir los siguientes requisitos:

      1. Ser mayor de edad (no ser menor) en su estado de residencia;
      2. Tener un comprobante de domicilio válido del país donde opera BE;
      3. Tener un número de identificación fiscal válido (es decir, número de Seguridad Social, número de identificación fiscal federal, ITIN, IVA, etc.);
      4. Presentar a BE un Acuerdo del Publisher debidamente cumplimentado y firmado;
      5. No ser empleado de BE, cónyuge de un empleado de BE o estar emparentado con un empleado de BE y vivir en el mismo domicilio que dicho empleado de BE.
    2. REGISTRO DE NUEVOS PUBLISHERS:

      1. Un nuevo Publisher potencial puede registrarse por sí mismo en el sitio web corporativo de la Empresa o en el sitio web replicado de un Publisher registrado. En tal caso, en lugar de un Acuerdo del Publisher firmado físicamente, BE aceptará el Acuerdo del Publisher electrónico mediante el registro en la Web y su "firma electrónica"/"Click-Wrap Agreement". Esta firma electrónica significa que el nuevo Publisher ha aceptado los Términos y Condiciones del Acuerdo del Publisher. Tenga en cuenta que dicha firma electrónica constituye un acuerdo jurídicamente vinculante entre usted y la Empresa.
      2. BE se reserva el derecho de exigir documentación firmada para cualquier cuenta, independientemente de su origen y en cualquier fase.
    3. DERECHOS CONCEDIDOS: BE concede al Publisher un derecho no exclusivo, basado en los Términos y Condiciones contenidos en el Acuerdo del Publisher y en estas Políticas y Procedimientos, para:

      1. Promocionar y comercializar los productos y servicios comercializados por BE; y
      2. Contratar nuevos publishers y clientes en las jurisdicciones en las que opera BE.
    4. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN:

      1. Todos los publishers están obligados a facilitar a BE su número de Seguridad Social, número de identificación fiscal personal o número de identificación fiscal federal en el Acuerdo del Publisher. BE se reserva el derecho de retener el pago de comisiones a cualquier Publisher que no proporcione dicha información o que proporcione información falsa.
      2. Al registrarse, BE proporcionará un número de identificación de BE al Publisher. Este número se utilizará para realizar pedidos, estructurar organizaciones y realizar un seguimiento de las comisiones y bonificaciones.

      <aside> 📢 📢 BE, a su entera discreción, puede pedir a todos o a cualquier Publisher específico en cualquier momento que se someta a un examen detallado de KYC, KYB o AML por parte de terceros. BE se reserva el derecho de retener el pago de comisiones a cualquier Publisher que no proporcione dicha información o que proporcione información falsa.

      </aside>

    5. RENOVACIÓN Y EXPIRACIÓN DEL ACUERDO DEL PUBLISHER:

      1. El Contrato del Publisher seguirá siendo válido a menos que cualquiera de las partes lo rescinda de conformidad con las cláusulas aplicables.
      2. Los publishers que hayan sido rescindidos o cuyo contrato haya expirado no podrán volver a solicitar un negocio de BE durante los 12 meses siguientes a la fecha de expiración o terminación del contrato. No obstante, el Equipo de Cumplimiento y la Dirección de BE tienen la facultad exclusiva de eximir de este requisito en casos concretos.
    6. RELACIÓN COMERCIAL INDEPENDIENTE; INDEMNIZACIÓN POR ACCIONES:

      1. El Publisher de BE es un contratista independiente y no un comprador de una franquicia u oportunidad de venta. Por lo tanto, el éxito de cada Publisher depende de sus esfuerzos independientes.
      2. El Acuerdo entre BE y sus Publishers no crea una relación empleador/empleado, agencia, sociedad o empresa conjunta entre BE y el Publisher.
      3. El Publisher de BE es totalmente responsable de todas sus comunicaciones verbales y escritas realizadas en relación con los productos, servicios y el Plan de Compensación de BE que no estén expresamente contenidas en los materiales oficiales de BE o que contravengan estas Políticas y Procedimientos. El Publisher indemnizará y mantendrá indemne a BE, sus directores, funcionarios, empleados, proveedores de productos y agentes de toda responsabilidad, incluidas sentencias, sanciones civiles, reembolsos, honorarios de abogados y costas judiciales incurridas por BE como resultado de las representaciones o acciones no autorizadas del Publisher. Esta disposición seguirá vigente tras la rescisión del Acuerdo con el Publisher.
      4. El Publisher será responsable del pago de una penalización de 100 USD por día, que se deducirá de su comisión o podrá ser reclamada a través de un procedimiento de arbitraje o litigio, por el incumplimiento de cualquier instrucción de cumplimiento proporcionada por el Equipo Legal y de Cumplimiento de BE. Esta penalización se acumulará diariamente hasta que dichas acciones de cumplimiento se ejecuten en su totalidad y a satisfacción del Equipo Legal y de Cumplimiento de BE. El Publisher cesado también será responsable del pago de esta penalización.

      <aside> 📢 UN PUBLISHER DE BE NO SERÁ TRATADO COMO EMPLEADO DE BE PARA NINGÚN PROPÓSITO, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, PARA FINES FISCALES FEDERALES O ESTATALES. TODOS LOS PUBLISHERS SON RESPONSABLES DEL PAGO DE LOS IMPUESTOS LOCALES, ESTATALES Y FEDERALES DEBIDOS POR TODAS LAS COMISIONES GANADAS COMO PUBLISHER DE BE.

      CUALQUIER OTRA COMPENSACIÓN QUE RECIBAN LOS PUBLISHERS DE BE SE REGIRÁ POR LA LEGISLACIÓN FISCAL APLICABLE DE LA JURISDICCIÓN CORRESPONDIENTE. EL PUBLISHER NO TIENE AUTORIDAD EXPRESA O IMPLÍCITA PARA COMPROMETER A BE A NINGUNA OBLIGACIÓN O PARA HACER CUALQUIER COMPROMISO POR O EN NOMBRE DE BE.

      CADA PUBLISHER ESTABLECERÁ SUS PROPIOS OBJETIVOS, HORARIOS Y MÉTODOS DE FUNCIONAMIENTO Y VENTA, SIEMPRE QUE CUMPLAN LOS TÉRMINOS DEL ACUERDO CON EL PUBLISHER, ESTAS POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS Y LAS LEYES ESTATALES, FEDERALES Y PROVINCIALES APLICABLES.

      BE NO IMPONE NINGÚN NÚMERO DEFINIDO DE HORAS OBLIGATORIAS PARA LOS PUBLISHERS, NO PROPORCIONA NINGÚN ACTIVO Y NO TIENE UNA POLÍTICA DE VACACIONES (PAGADAS O NO) NI DE PRIMAS PARA LOS PUBLISHERS.

      </aside>

    7. ERRORES O PREGUNTAS: Si un Publisher tiene dudas o cree que se ha cometido algún error en relación con las comisiones, bonificaciones, informes comerciales, pedidos o cargos, el Publisher deberá notificarlo por escrito a BE en un plazo de 7 días naturales a partir de la fecha del error o incidencia en cuestión, de lo contrario se considerará renuncia expresa por parte del Publisher afectado.

  8. RESPONSABILIDADES Y GARANTÍAS DE LOS PUBLISHERS:

    1. ENTRENAMIENTO Y LIDERAZGO:
      1. Cualquier Publisher de BE que dé de alta a otro Publisher en BE debe realizar una función de auténtica asistencia y entrenamiento para garantizar que su organización opere adecuadamente el negocio de BE. 2. Los Publishers que den de alta a otro deben mantener un contacto y una comunicación continuos con los Publishers de sus organizaciones. Algunos ejemplos de comunicación pueden ser, entre otros, boletines informativos, correspondencia escrita, teléfono, contacto, llamadas de equipo, correo de voz, correo electrónico, reuniones personales, acompañamiento de los publishers de la organización a las reuniones de BE, sesiones de entrenamiento y cualquier otra función relacionada.
      2. Los publishers de BE que se registren deberán supervisar a los publishers de sus organizaciones para asegurarse de que éstos no hagan afirmaciones indebidas sobre productos o negocios, ni participen en conductas ilegales o inapropiadas. Cuando se les solicite, dichos Publishers deberán ser capaces de proporcionar pruebas documentadas a BE de su continuo cumplimiento de las responsabilidades de un Publisher de inscripción, de lo contrario serán responsables de las acciones de su organización e indemnizarán a BE.
      3. Se anima a los Publishers de línea ascendente a motivar y formar a los nuevos Publishers sobre los productos y servicios de BE, las técnicas de venta efectivas, el Plan de Compensación de BE y el cumplimiento de las Políticas y Procedimientos de la empresa.
      4. La comercialización del producto es una actividad obligatoria en BE y debe enfatizarse en todas las presentaciones de contratación. De hecho, la Empresa enfatiza y anima a todos sus publishers a que comercialicen y promocionen únicamente los productos y servicios de BE a los Clientes. Nunca se pagará comisión alguna por el simple fichaje de un nuevo Publisher.
      5. USO DE SOPORTES DE VENTA: Para promocionar tanto los productos como la oportunidad que BE ofrece, los Publishers deben utilizar las ayudas de venta y los materiales de apoyo producidos por BE. Si los publishers de BE desarrollan sus propias ayudas de ventas y materiales promocionales, lo que incluye la publicidad en Internet, a pesar de las buenas intenciones del publisher, pueden violar involuntariamente un gran número de estatutos o reglamentos que afectan al negocio de BE. Estas infracciones, aunque pueden ser relativamente pocas, podrían poner en peligro la oportunidad de BE para todos los Publishers. En consecuencia, los Publishers deben presentar a la Empresa todas las ayudas de venta escritas, materiales promocionales, anuncios, sitios web y demás documentación para su aprobación por parte de la Empresa antes de su uso. A menos que el Publisher reciba una aprobación específica por escrito para utilizar el material, la solicitud se considerará denegada. Todos los publishers deberán salvaguardar y promover la buena reputación de BE y sus productos. El marketing y la promoción de BE, la oportunidad BE, el Plan de Compensación y los productos y servicios de BE serán coherentes con el interés público y deberán evitar toda conducta o práctica descortés, engañosa, equívoca, poco ética o inmoral.
      6. Sin perjuicio de lo dispuesto en estas Políticas y Procedimientos, ningún Publisher (independientemente de su rango) puede utilizar sus propias diapositivas o presentaciones. Un Publisher solo puede utilizar diapositivas o presentaciones oficiales de BE a menos que el Equipo de Cumplimiento de BE le proporcione una excepción por escrito.
    2. CRÍTICA CONSTRUCTIVA: ÉTICA:
      1. BE pretende ofrecer a sus Publishers independientes los mejores productos y servicios y el mejor Plan de Compensación del sector. En consecuencia, BE valora la crítica constructiva y alienta la presentación de comentarios por escrito dirigidos al Equipo de Cumplimiento de BE.
      2. Los comentarios negativos y despectivos sobre BE, sus productos o Plan de Compensación, hechos por los publishers a BE, en el campo o en las reuniones o eventos de BE, o el comportamiento inadecuado en las reuniones o eventos de BE, no tienen otro propósito que apagar el entusiasmo de otros publishers de BE. Los Publishers de BE no deben menospreciar a BE, a otros Publishers de BE, a los productos o servicios de BE, al Plan de Compensación, o a los directores, funcionarios o empleados, proveedores de productos o agentes de BE. Tal conducta representa un incumplimiento material de estas Políticas y Procedimientos y puede estar sujeta a las sanciones que BE considere apropiadas.
      3. BE se compromete a proporcionar a los publishers un entorno de ventas libre de acoso, intimidación y abuso por parte de otros publishers, empleados, proveedores y cualquier otro individuo en el lugar de trabajo. En BE, el acoso de cualquier tipo no será tolerado y está estrictamente prohibido, como por ejemplo: comentarios despectivos o amenazantes, comportamiento sexual inapropiado, incluyendo pero no limitado a insinuaciones sexuales no deseadas o petición de favores sexuales, exhibición de imágenes visuales de naturaleza sexual, acoso físico o verbal, o conducta violenta. Se anima a los Publishers de BE a informar inmediatamente de cualquier tipo de incidente de acoso. BE no tolerará actos o amenazas de violencia e investigará todas las denuncias. BE puede tomar medidas si el Publisher denunciante en cuestión nos proporciona la información necesaria, las pruebas y una denuncia por escrito realizada al Equipo de Cumplimiento de BE a través de un canal formal como los correos electrónicos.
      4. BE SUSCRIBE EL SIGUIENTE CÓDIGO ÉTICO:
        1. Un Publisher de BE debe mostrar imparcialidad, tolerancia y respeto hacia todas las personas asociadas a BE, independientemente de su raza, sexo, clase social o religión, fomentando así una "atmósfera positiva" de trabajo en equipo, buena moral y espíritu de comunidad.
        2. El Publisher deberá esforzarse por resolver los problemas comerciales, incluidas las situaciones con los Publishers de línea ascendente y de la organización, haciendo énfasis en el tacto, la sensibilidad, la buena voluntad y cuidando de no crear problemas adicionales
        3. Los Publishers de BE deben ser honestos, responsables, profesionales y conducirse con integridad.
        4. Los Publishers de BE no deben hacer declaraciones despectivas sobre BE, otros Publishers, empleados de BE, proveedores o agentes de productos, servicios, campañas de ventas y marketing, o el Plan de Compensación, ni hacer declaraciones que ofendan, engañen o coaccionen a otros de forma irrazonable.
        5. Los publishers de BE siempre presentarán información precisa, como descargos de responsabilidad/divulgaciones adecuadas y acceso a la Declaración de Divulgación de Ganancias, cuando animen a los clientes potenciales a unirse al negocio de BE. Además, como Publisher, te comprometes a no intimidar ni participar en prácticas ilegales de inscripción, incluyendo cualquier sugerencia de que son necesarias compras excesivas de inventario para participar en el negocio de BE.
      5. BE podrá tomar medidas apropiadas contra un Publisher si determina, a su entera discreción, que la conducta de un Publisher es perjudicial, perturbadora o dañina para BE o para otros Publishers.
    3. NOTIFICACIÓN DE INFRACCIONES:
      1. Los publishers que observen una infracción de la política por parte de otro publisher deberán presentar una queja por escrito a través de su dirección de correo electrónico oficial registrada en BE, o enviarnos un mensaje a través de nuestros portales oficiales de redes sociales, junto con su nombre legal completo. La carta o la comunicación deberá exponer los detalles del incidente de la siguiente manera:
        1. La naturaleza de la infracción y los hechos específicos que apoyan las alegaciones;
        2. Fechas y número de ocurrencias;
        3. La persona o personas implicadas; y
        4. Documentos justificativos/pruebas.
      2. Una vez presentado el asunto a BE, el Departamento de Cumplimiento de la Empresa investigará a fondo y decidirá qué medidas deben tomarse (si procede).
      3. Esta sección se refiere a la notificación general de infracciones de la política observadas por otros Publishers en un esfuerzo mutuo por apoyar, proteger y defender la integridad del negocio y la oportunidad de venta de BE. Si un Publisher tiene una queja o reclamación contra otro Publisher que esté directamente relacionada con su negocio de BE, deberán seguirse los pasos establecidos en estas Políticas.
    4. PATROCINIO:
      1. El Patrocinador es la persona que le presenta BE a un Cliente/Publisher, le ayuda a completar su inscripción y apoya y forma a los de su organización.
      2. BE reconoce al Patrocinador como el nombre o nombres que aparecen en el primer: Acuerdo del Publisher firmado electrónicamente, ya sea desde el sitio web corporativo o desde el sitio web replicado de un Publisher.
      3. El Acuerdo del Publisher que contenga anotaciones como "por teléfono" o las firmas de otras personas (es decir, Patrocinadores, cónyuges, familiares o amigos) no es válido y no será aceptado por BE.
      4. BE reconoce que cada nuevo prospecto tiene derecho a elegir en última instancia a su propio Patrocinador, pero BE no permitirá que los Publishers participen en actividades de patrocinio poco éticas.
      5. Todos los publishers activos tienen derecho a inscribir a otros en BE. Mientras se realizan actividades de patrocinio, no es raro encontrar situaciones en las que más de un publisher se acerque al mismo cliente potencial. Es una cortesía aceptada que el nuevo cliente potencial sea patrocinado por el primer publisher que haya presentado una introducción completa a los productos u oportunidades de venta de BE.
      6. Un cliente potencial protegido es un invitado de cualquier publisher o cliente de BE que haya asistido a un evento o conferencia telefónica de BE. Durante los 60 días naturales siguientes al evento, un cliente potencial protegido no puede ser solicitado ni patrocinado por ningún otro publisher de BE que haya asistido al mismo evento, a menos que BE lo autorice. Un evento de BE puede definirse como lo siguiente:
        1. Cualquier sesión de entrenamiento BE;
        2. Conferencia telefónica;
        3. Reunión informal; o
        4. Presentación, incluida pero no limitada a una presentación de BE en casa, patrocinada por BE, un Publisher, un cliente o un agente o agencia designado por BE.
      7. Un Publisher no puede dar de alta a una nueva persona como Publisher en su nombre. Todos los nuevos publishers deben completar el proceso de registro a través del sitio web oficial de BE. Cualquier violación de esta disposición dará lugar a una sanción para los publishers implicados.
    5. PROHIBICIÓN DEL PATROCINIO CRUZADO:
      1. El "patrocinio cruzado" se define como la inscripción en una línea de patrocinio diferente de un individuo que ya tiene un Acuerdo de Publisher firmado. No está permitido el patrocinio cruzado real o tentativo. Si BE comprueba la existencia de patrocinio cruzado, se podrán imponer sanciones que pueden llegar hasta el cese de la actividad del Publisher. Cualquier violación de esta disposición podría dar lugar a la cancelación inmediata de la cuenta del Publisher infractor y todas las comisiones de dicho Publisher serán congeladas durante 1 año y el Publisher en cuestión acepta renunciar a cualquier derecho sobre su negocio de BE.
      2. No está permitido el uso del nombre de un cónyuge o pariente, nombres comerciales, nombres falsos, empresas, sociedades, fideicomisos, números de identificación federal o números de identificación ficticios para evadir o eludir esta política.
      3. BE, a su entera discreción, podrá permitir el registro de un antiguo Publisher de BE en una línea de patrocinio diferente a la anterior, siempre que la persona en cuestión haya completado un período de espera de 12 meses que comenzará en la fecha en la que el antiguo Acuerdo de Publisher de BE fue oficialmente rescindido.
    6. CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE COMPENSACIÓN DE BE:
      1. El Publisher debe adherirse a los términos del Plan de Compensación más reciente de la Empresa, tal y como se establece en estas Políticas y Procedimientos, así como en la documentación oficial de BE. Las desviaciones del Plan de Compensación están prohibidas.
      2. Un Publisher no ofrecerá la oportunidad de BE a través de, o en combinación con, ningún otro sistema, programa o método de marketing que no sea el establecido específicamente en la documentación oficial de la Empresa.
      3. Los Publishers no exigirán ni animarán a los Clientes actuales o potenciales ni a los Publisher a participar en BE de ninguna forma que difiera del Plan de retribución establecido en la documentación oficial de la Empresa.
      4. Los publishers no exigirán ni animarán a los clientes actuales o potenciales ni a los publishers a realizar compras o pagos a personas físicas o jurídicas como condición para participar en el plan de retribución de BE.
    7. CUMPLIMIENTO DE LEYES Y ORDENANZAS: Muchas ciudades y condados tienen leyes que regulan determinados negocios desde casa. En la mayoría de los casos, estas ordenanzas no se aplican a los publishers debido a la naturaleza del negocio. No obstante, los Publishers deben consultar las leyes locales y cumplir las que les sean de aplicación. Los Publishers de BE deberán cumplir todas las leyes y normativas federales, estatales y locales en el desarrollo de su actividad de BE.
    8. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES APLICABLES AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA:
      1. El Publisher acepta la responsabilidad exclusiva y se compromete a pagar todos los impuestos federales, estatales y locales sobre cualquier ingreso generado como Publisher independiente, y se compromete además a indemnizar a BE por cualquier incumplimiento en el pago de dichos impuestos a su vencimiento.
      2. Si el negocio del Publisher está exento de impuestos, el documento acreditativo deberá ser facilitado a BE por escrito.
      3. BE anima a todos los Publishers a consultar con un asesor fiscal para obtener información adicional para su negocio.
      4. BE se reserva el derecho de solicitar un informe fiscal sobre las comisiones pagadas por BE. La no presentación del mismo podría dar lugar a sanciones, a la rescisión del contrato de Publisher con efecto inmediato y a la congelación de todas las comisiones pendientes.

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